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Personal policial concurre a calle Uruguay al 200 el día 25 del corriente, próximo a la hora 03:40, donde una mujer manifiesta que en el domicilio lindero, que se encontraba sin moradores, habrían ingresado personas extrañas, observando por encima de los muros a dos hombres quienes al notar la presencia policial se dan a la fuga.

Logrando su detención y al lado de ambos una media de vestir de color rosa la que contenía en su interior una bolsa de nylon con dinero extranjero y uruguayo.

Ubicado el propietario del local concurre al lugar, observando ventana y reja del baño forzada, cajones en el piso y desorden de papeles, notando la faltante de uno de los cajones de monedas uruguayas, billetes de moneda argentina, dólares y yuanes (china).

Puesto el hecho en conocimiento del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescente de Octavo Turno, culminada las actuaciones la Dra. Gilda Martinelli, comunica en Oficio N° 23/2018, que por sentencia definitiva de primera instancia N° 06/2018, en autos individualizados iue 606-8/2018 se condenó  a :

C.D.R.A. y D.L.M. como autores de un delito de hurto especialmente agravado, a la pena de doce (12) meses de prisión de cumplimiento efectivo de prisión efectivo con descuento de la detención sufrida, siendo de su cargo la obligación de pagar al estado los gastos de alimentación, vestido, alojamiento conforme al Art.105 lit. e del código penal, oficiandose. Intervino Seccional 1ra.


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