La ley declara de interés general la prevención y reducción del impacto ambiental derivado del uso de bolsas plásticas, mediante acciones que desestimulen su uso, promuevan su reuso, reciclado y otras formas de valorización.

Los comercios cobrarán un costo por la venta de las bolsas.

Se faculta al Poder Ejecutivo a establecer la obligación de cobro, la fijación de un precio mínimo y el modo de facturación de las mismas.

El precio no será mayor a los 7 pesos por bolsa.

La normativa incluye todas las bolsas plásticas para contener y transportar productos y bienes que sean entregadas a un consumidor en cualquier punto de venta o entrega.

Los titulares de los puntos de venta o entrega de bolsas plásticas deberán cumplir con la normativa que establezca el Ministerio de Medio Ambiente, que incluye promover y participar de campañas de difusión y concientización a la población sobre el uso responsable y racional de las bolsas y su impacto en el medio ambiente.

La ley promulgada, obliga a redactar la reglamentación en un período no mayor a los 180 días y luego se pondrá en vigencia.

Fuente : Subrayado