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El día 16 del corriente próximo a la hora 14:10 derivados por el Centro de Comando Unificado, Personal Policial concurre a calle Guaraní a la altura del 1300, entrevistándose en el lugar con una mujer quien manifiesta que en momentos que se encontraba abriendo un portón lateral de su finca de golpe se le apersona un hombre empujándola, ingresa, solicitándole que se retire, haciendo caso omiso se dirige al dormitorio escondiéndose entre una cama y el ropero.

En el lugar se procede a la detención del mismo. Puesto en conocimiento Fiscalía Letrada de Tercer Turno dispuso : » acta a la víctima y testigos, el detenido permanezca como tal, sea conducido el día 17 del corriente a Sede Judicial.

Culminadas las actuaciones el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescente de Octavo Turno de Salto dispuso: “Condenar a F.M.A.P. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de desacato especialmente agravado (art. 60 y 173 del CP), a sufrir la pena total de seis meses de prisión los cuales el primer mes será de cumplimiento efectivo y los cinco restantes se sustituirán por la concurrencia los días sábados y domingos a la Seccional correspondiente a su domicilio en el departamento de San José con permanencia de una hora”.


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