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Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto, resuelve con relación: W.F.D.R. como autor penalmente responsable de un delito de violencia privada, a sufrir la pena de cuatro meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente manera: el primer mes, como pena privativa de libertad, deberá cumplir arresto nocturno durante el horario de 20:00 a 07:00 horas del día siguiente, en la Seccional correspondiente a su domicilio; y los restantes tres meses deberá cumplir las siguientes medidas sustitutivas a la prisión:

a- presentación semanal ante la Seccional Policial correspondiente a su domicilio sin permanencia, debiendo registrar su asistencia;

b- durante todo el plazo de toda la pena el imputado se obliga al retiro del hogar y a fijar domicilio en un radio mayor a cien metros del domicilio de la ex pareja, así como no acercarse ni comunicarse con la misma por igual periodo.»


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