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Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Octavo Turno de Salto, con respecto a L.D.S dispuso:

  1. Obligación de realizar prestaciones en beneficio de la comunidad, como ser tareas comunitarias en horas y días acorde a su situación familiar, bajo supervisión de la OSLA y por el plazo de 90 días.

  2. La obligación de no concurrir al local Super Oeste sito en calle Orestes Lanza 580 de esta ciudad, durante 90 días”.


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