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A mis lectores domingueros, debo decirles que esta es una columna diferente. Primero porque me veo en la necesidad de escribir en primera persona; y segundo porque quiero mantener mi seriedad personal y periodística frente a agravios gratuitos del algún cobarde que no tiene el coraje de dar su nombre.
En el “Portal 10Minutos” del pasado martes 19 de enero, se publica un artículo cuyo autor no se identifica, en el cual hace clara referencia a mi persona. Se dice que cuando fui funcionario de la Intendencia de Salto en la Administración Coutinho, demostré tanta eficacia que luego de cuatro días, me valió un incremento de $ 20.000 por mes en mi sueldo. Para el escritor del panfleto, yo ingresé a comienzos de abril de 2011, y a los cuatro días recibí un aumento de $ 20.000.
Quien escribió tamaña mentira, carece obviamente del más elemental principio que es absolutamente necesario para ejercer el periodismo: conocer a fondo los hechos sobre los que escribe. Si no los conoce, mejor no debería escribir, pues entonces pasa lo que ahora pasó: decir inexactitudes (bolazos en el lenguaje vulgar), seguramente tratando de ensuciar a alguien (en este caso a mí aunque no sé con qué intención), y demostrar simplemente la falta de seriedad del escritor, así como la irresponsabilidad del medio de comunicación que se presta a publicar semejante cosa.
El mencionado escritor debió conocer los hechos y analizar primero mi pasaje por la Intendencia de Salto, para luego constatar si lo que escribió, realmente se debería publicar. Seguramente le habría sido fácil hurgar en la Administración de la Intendencia, sobre cómo fue mi ingreso y como se desarrolló mi relación profesional y funcional con dicha Administración. Si lo hubiera hecho, obviamente que no podría haber escrito lo que escribió. No lo hizo, y ahí cometió su primer y grave error.
Yo ingresé a la Intendencia mediante un contrato de arrendamiento de servicios el 19 de setiembre de 2010, como Asesor Jurídico del Intendente de Salto, y con finalización del contrato el día 31 de diciembre de 2010. Es decir, no ingresé en abril de 2011, sino ocho meses antes. Pero además, ingresé por mis condiciones técnicas y no políticas, ni por ser blanco ni representar al Partido Nacional. Lo dice el contrato: por ser Profesor Adjunto de Derecho Público Iº de la Facultad de Derecho de la UDELAR.
Finalizado dicho contrato, se me contrata nuevamente en las mismas condiciones a partir del 3 de enero de 2011, por seis meses, es decir hasta el 3 de julio de 2011. Pero en el mes de junio, el Sr. Intendente de entonces Germán Coutinho, conforme con mi actuación profesional, me propone dejar sin efecto el contrato de arrendamiento de servicios y pasar a formar parte del funcionariado de particular confianza con el cargo de Asesor Legal, tal como estaba previsto en el Presupuesto Departamental remitido a la Junta Departamental en aquel momento, la que finalmente lo aprobó. Acepto el ofrecimiento, y para regularizar la situación jurídica, el día 1º de abril de 2011, se rescinde el contrato de arrendamiento de servicios que se había firmado el 3 de enero de 2011, lo que era necesario para que yo pasara a ocupar un cargo en calidad de funcionario de particular confianza.
Fue en ese momento que el Intendente Coutinho dispuso, en base a lo previsto en normas legales específica y por mi “alta dedicación al servicio de la Comuna” (así lo dice la Resolución No. 44/2011), otorgarme una compensación de $20.000 mensuales al sueldo que me correspondía por presupuesto.
Es decir, y como también lo dice la Resolución No. 44/2011 que el escritor de marras lógicamente no leyó, la compensación se me otorgó por haber «desempeñado satisfactoriamente en el transcurso de este nuevo período de gobierno, demostrando una alta dedicación al servicio de la comuna”. Es decir, se tuvo en cuenta todo mi trabajo desde mi ingreso profesional el 19 de setiembre de 2010, y no por los cuatro días que de mala fe menciona el escribiente del “Portal 10Minutos”. Segundo grave error del escribiente por no conocer los hechos ni preocuparse por conocerlos.
Pero además, el mentado escribiente no se preocupó tampoco por constatar si la compensación otorgada se ajustaba al Derecho. Le recomiendo que lea el Decreto 5452/86, art. 22 y sus modificativas, y verá que también acá cometió su tercer grave error. Ese Decreto, es el mismo que han utilizado todos los Intendentes de Salto (absolutamente todos) para otorgar compensaciones especiales a los funcionarios que a juicio de cada Intendente, merecen dicho beneficio. Si el escribiente ingresa a la página Web de la Intendencia de Salto, verá que el actual Intendente Dr. Lima, también ha usado ese derecho y ha otorgado compensaciones a los funcionarios que entiende le corresponde. Y está bien. Lo dice la norma. Por lo tanto no hay reproche alguno para nadie. Tampoco para el Dr. Lima. Mi situación, entonces, fue perfectamente legal.
Queda claro que lo que se escribió en el “Portal 10Minutos” pretendió ensuciarme gratuitamente. Para más datos, si el escribiente tiene la honestidad de llamarme, le puedo proporcionar la documentación que acredita mis dichos. Un consejo final al escribiente: cuando escriba sobre un hecho que afecta a personas, primero averigüe sobre su veracidad. Sea gente de bien. Se hará un gran favor a sí mismo, y le hará un gran bien al periodismo salteño y a la sociedad.

 

Columna Diario Cambio


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