El día 1 ° de Agosto personal policial concurrió a barrio Artigas por una femenina quien se encontraba con una lesión, en la vía pública, denunciando la misma que estaba en ese estado, debido a que su esposo le dió un golpe de puño, siendo trasladada al Hospital Salto para su atención.
Solicitando el retiro del hogar y prohibición de acercamiento del mismo. Puesto en conocimiento de la Sra. Juez de Familia de primer turno, Dra. Sophia Sánchez y del Sr. Juez Penal de 4to turno Dr. Echeverry dispusieron: INGRESE COMO DETENIDO. SE COORDINE FORENSE PARA LA DENUNCIANTE, INDAGAR. EN EL DÍA DE AYER SEA CONDUCIDO A LA SEDE PENAL. CITAR A LA DENUNCIANTE A LA MISMA HORA. ELEVAR ANTECEDENTES. Disponiéndose EL RETIRO DEL DENUNCIADO DEL HOGAR CONYUGAL. PRESTACION DE GARANTÍA.PROHIBESE AL DENUNCIADO ACERCARSE EN UN RADIO DE EXCLUSIÓN DE 300 METROS POR EL PLAZO DE 120 DÍAS BAJO APERCIBIMIENTO DE INCURRIR EN RESPONSABILIDAD PENAL. PROHIBESE AL DENUNCIADO COMUNICARSE Y RELACIONARSE POR CUALQUIER MEDIO CON LA DENUNCIANTE POR EL TERMINO DE 120 DÍAS.
Culminadas las actuaciones en esa Sede se dispone: EL PROCESAMIENTO SIN PRISIÓN DE G.A.O., COMO PRESUNTO AUTOR DE UN DELITO DE LESIONES PERSONALES ESPECIALMENTE AGRAVADO POR EL VINCULO. IMPONESELE COMO MEDIDAS SUSTITUTIVAS A LA PRISIÓN PREVENTIVA LA OBLIGACIÓN DE CONCURRIR A LA SECCIONAL POLICIAL DE SU DOMICILIO, DOS VECES POR SEMANA Y PERMANECER ALLÍ POR UNA HORA CADA VEZ, POR EL TERMINO DE SESENTA DÍAS. ASIMISMO, IMPONESELE LA PROHIBICIÓN DE ACERCARSE EN UN RADIO DE TRESCIENTOS METROS. Intervino U.E.V.D.G