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El pasado lunes 11 de Setiembre, en la Dirección Departamental de Violencia Doméstica y de Género, se recepcionó denuncia a una mujer mayor contra su hijo de 27 años; dando cuenta que el indagado es consumidor de estupefacientes desde hace 8 años. En reiteradas oportunidades ha estado internado, pero continúa recayendo y comienza a vender su ropa.

Hace 2 meses se encontraba internado en un Centro de Rehabilitación, pero en la noche de ayer el dueño del lugar lo llevó a su casa, informándole que éste se negaba a continuar con el tratamiento. No permitió que su hijo quedara en su casa, ya que comienza a vender las cosas; a lo que el indagado se ofuscó y la agredió verbalmente. Solicita medidas cautelares o que sea reinternado en Centro ya que abonó la mensualidad correspondiente.

Averiguado el indagado, manifestó que abandonó el tratamiento, pero desea abandonar su adicción por su cuenta. Niega haber hurtado en su finca.

Enterada Jueza de Familia de Tercer Turno, Dra. GINI, dispuso: “Retiro del hogar del indagado, con prohibición de acercarse y comunicarse con el domicilio y persona de su madre con un radio de exclusión de 200 metros, por un plazo de 120 días, bajo apercibimiento de desacato. Se le preste asistencia para el retiro de sus efectos. Se fija audiencia para día 18/Setiembre, hora 15:00, ambas partes con Abogado”.

Día sábado 16 de Setiembre, hora 21:00, la denunciante solicita la presencia policial en su domicilio, donde se le recepciona denuncia, dando cuenta que su hijo concurrió a su finca solicitando dinero, al no acceder, éste se ofusca y comienza a dar puntapiés en la puerta principal, dañándola.

Enterada nuevamente Jueza de Familia, dispuso: “requisitoria por paradero del indagado, de ser habido llevarlo al Hospital para evaluación y compensación y luego poner en conocimiento al Juez Penal por incumplimiento. Elevar antecedentes”.

Hora 05:55 de fecha 17 de Setiembre, se solicita nuevamente presencia policial en la finca de la denunciante, ya que el indagado pretendía ingresar; concurriendo al lugar personal policial, quien procede a su detención, siendo trasladado a Nosocomio local para evaluación y a Brigada de Tránsito, donde se le realizó prueba de espirometria, arrojando resultado positivo.

Enterado Juez Penal de Cuarto Turno, Dr. Etcheverry, dispuso: “que permanezca detenido. Cuando recupere lucidez indagarlo y volver a enterar”.

Averiguado el indagado expresa que esta en situación de calle, debido a las lluvias de estos días su madre le permitió quedar en su casa. Los problemas se originaron cuando pretendió salir y le pidió dinero a su madre, ella se negó y le pidió que no saliera, pero lo hizo igualmente; al regresar no lo dejaron entrar y llegó la Policía y lo detuvo. Agrega que nunca insulto a su familia.

Enterado nuevamente Juez Penal, dispuso su conducción; donde culminadas las actuaciones dicto: el procesamiento con prisión de J.A.R.I. bajo la imputación de un delito de desacato y un delito de violencia privada en reiteración real”.


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