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Formuló denuncia ante la Policía una mujer mayor de edad contra su pareja. En el día de ayer concurrieron al baile y luego de ingerir bebidas alcohólicas éste le tuerce la mano, comienza a golpearla con piñazos en la espalda y la agrede con el más bajo vocabulario, porque según el ella estaba mirando a alguien, retirándose del lugar.

Posteriormente, encontrándose en su domicilio, éste llega y comienza insultarla y a golpearla por todos lados, propinándole un golpe de puño en la boca delante de sus hijas debiendo llamar al Servicio 911. Solicita el retiro del hogar del denunciado como así también prohibición de acercamiento, relacionamiento y comunicación hacia su domicilio y persona. Averiguado el denunciado expresó que estaban en el baile cuando la ve haciéndose señas con otra persona, le pregunta por eso y no le contesta entonces le da unos empujones, luego de llegar a la casa continúan los insultos reconociendo haberla agredido en forma física.

Está dispuesto a retirarse de la casa. Resolución Judicial: «TÉNGASE PRESENTE QUE EL DENUNCIADO SE RETIRA HOY VOLUNTARIAMENTE DEL HOGAR. PRESTACIÓN DE GARANTÍA POLICIAL PARA EL RETIRO DE EFECTOS PERSONALES. PROHIBICIÓN AL DENUNCIADO DE COMUNICARSE POR CUALQUIER MEDIO Y DE ACERCARSE A LA DENUNCIANTE EN UN PLAZO DE 120 DÍAS EN UN RADIO DE 200 METROS, BAJO APERCIBIMIENTO DE DESACATO. AUDIENCIA PARA AMBOS PARA DÍA DE MAÑANA 13/10/2017 A LA HORA 15:30 AMBOS CON ABOGADOS PÚBLICO O PRIVADO. HOY ANTECEDENTES”. Intervino D.D.V.D.G.


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