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Un hombre mayor de edad presenta denuncia contra el novio de su hija adolescente por agresiones físicas y verbales; dando cuenta que el día viernes, en horas del mediodía, vecinos le informaron que el indagado llevo a su hija del brazo y encontró en el lugar el celular de la menor dañado; agregando que encontró varios audios donde el denunciado le prohíbe montones de cosas a la menor. Por lo que solicita el reintegro de su hija y que se prohíba al indagado acercarse a la misma.

Se concurrió al domicilio del denunciado, procediendo al traslado de la menor de 16 años y de su novio de 18 años.

La adolescente fue trasladada al Hospital Regional Salto, donde visto por médico de guardia, diagnostico: “Hematoma en párpado superior de ojo izquierdo. Hematoma en brazo derecho”.

Averiguada la menor, manifestó que hace 10 meses que esta de novia, que tienen una buena relación, no existiendo insultos, amenazas ni agresiones físicas entre ellos. En cuanto a las lesiones que presenta, manifiesta que fue golpeada por cuatro mujeres, ya que había tenido una pelea con una amiga de ellas. En cuanto a los daños de su celular, expresa que se le cayó y se rompió la pantalla.

Averiguado el denunciado, manifestó que el día de ayer tuvo una discusión con su novia porque había ido al baile, pero a la hora 17:00, al despertarse ella estaba durmiendo con él. Consultado sobre la rotura del celular y sobre las agresiones verbales y físicas expresa, que alguna discusión han tenido pero nunca agresión física; en cuanto al celular desconocía que la joven tuviese uno, ya que siempre se comunican por Facebook, por medio de computadoras.

Enterada Jueza de Familia, Dra. Diaz, dispuso: «Entrega de la menor a su padre. Prohibición de acercamiento, relacionamiento y comunicación, del denunciado a la hija del denunciante, por un plazo de 90 días en un radio de 200 metros, bajo apercibimiento de desacato.

Pericia psicológica para la menor. Audiencia para el día jueves 18 de enero de 2018, hora 09:00. Elevar antecedentes. Intimar al padre al estricto cumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad”. Intervino Dirección Departamental de Violencia Doméstica y de Género.


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