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El día 24 del corriente próximo a la hora 10:30, derivados por el Centro de Comando Unificado personal Policial concurre a calle Treinta y Tres Orientales y Juan H. Paiva, en el lugar habría una detención ciudadana.

Al llegar es entrevistado un hombre, quien manifiesta que escuchó  ruidos en una casa lindera a la suya, la cual estaría sin moradores, al mirar divisa un masculino con una cierra cortando la reja de la ventana que da al fondo, procediendo a la detención hasta el arribo de funcionarios del PADO y Policía Científica.

Puesto en conocimiento la justicia, culminadas las actuaciones el juzgado letrado de primera instancia en lo penal y de adolescentes de octavo turno de salto, dispuso condenar a J.M.R.A como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de violación de domicilio en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de hurto en grado de tentativa a sufrir la pena de seis meses de prisión los que se sustituirán por el régimen de libertad vigilada con las siguientes condiciones:
a- Fijar residencia.
b- Sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA.
c- Presentación una vez por semana en la Seccional correspondiente a su domicilio.


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