Por Nicolás Rodríguez.
Del Gobierno de Andrés Lima ya no sorprende nada. El estado de abandono del departamento queda tan evidente hasta en estas circunstancias.
La «Criollo» fue declarado patrimonio histórico nacional y cuenta con un valor muy importante, no sólo para Salto, sino para el país.
A las autoridades actuales les quedó enorme la Intendencia de Salto y quizás no tienen ni idea algunos de ellos, que significa La Criollo. Pues lo mejor sería recomendarles que agarren el libro para informarse.
Duele ver que este patrimonio histórico nacional es hoy para el Gobierno de Andrés Lima un depósito de volquetas. Vergüenza ajena.
Esta grave situación fue denunciada ante el Ministerio de Educación y Cultura , cosa que vamos a dar mayores detalles en otra nota.
Y de esto que es muy grave que piensa el Frente Amplio? De seguro si era otro el Gobierno bajaban calle Uruguay con bombos denunciando la falta de cultura bla bla.. cómplices de esta pésima gestión de Andrés Lima.
DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. LOCOMOTORA A VAPOR NUMERO 11 DENOMINADA «CRIOLLO»
Documento Actualizado
Promulgación: 02/02/2012
Publicación: 23/02/2012
Registro Nacional de Leyes y Decretos:
Tomo: 1
Semestre: 1
Año: 2012
Página: 191
VISTO: La gestión promovida por la Comisión Honoraria del Patrimonio Histórico de Salto, ante la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, para declarar Monumento Histórico Nacional, la Locomotora a vapor Número 11, que fuera propiedad de la compañía inglesa «North Western of Uruguay Railway» denominada «Criollo». RESULTANDO: I) Que la locomotora mencionada fue la primera y única locomotora de trocha estándar fabricada en Uruguay. II) Que dicha locomotora prestó servicios para el North Western Uruguay Railway entre Salto y Santa Rosa, y posteriormente Bella Unión, trabajando como locomotora de línea hasta el año 1949, cuando la compañía pasó a manos del Ferrocarril Central del Uruguay. III) Que al crearse la Administración de Ferrocarriles del Estado en 1952, y reconociendo que dicha locomotora había nacido en las entrañas de una empresa de capitales extranjeros pero sobre suelo uruguayo, se decidió donarla a un museo salteño donde la máquina permaneció desde entonces. CONSIDERANDO: I) Que la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación apoya la iniciativa de la Comisión Honoraria del Patrimonio Histórico de Salto, con el objetivo de preservar los bienes que son un testimonio de la historia ferroviaria de nuestro país. II) Que es de interés de la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, rescatar para el acervo cultural uno de los testimonios del transporte ferroviario muy ligado a la actividad productiva del Estado. ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a lo establecido en la Ley N° 14.040 del 20 de octubre de 1971, en el Decreto Reglamentario 536/972 de l° de agosto de 1972, y en la Resolución de fecha 01 de junio de 2006. EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA en ejercicio de atribuciones delegadas RESUELVE:
1
DECLÁRASE monumento histórico nacional la Locomotora a vapor Número 11, utilizada en el Ferrocarril Noroeste del Uruguay, denominada «Criollo», ubicada en el Museo del Hombre y la Tecnología «Arquitecto Néstor J. Minutti» en las calles Brasil y Zorrilla de San Martín, de la ciudad de Salto.
2
LA LOCOMOTORA quedará gravada con las siguientes servidumbres: A) No podrá ser aféctada a un uso que ponga en riesgo su estado de conservación, lo cual deberá ser autorizado previamente por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación. B) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación a los fines de comprobar el estado de conservación del referido bien.
3
COMUNÍQUESE a la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, a la Intendencia Municipal de Salto, a la Junta Departamental de Salto, a la Comisión Honoraria del Patrimonio Histórico de Salto, a la Administración de Ferrocarriles del Estado, al Círculo de Estudios Ferroviarios del Uruguay, al Archivo del Transporte Uruguayo, y a la Asociación Uruguaya de Amigos del Riel.
PUBLÍQUESE en el Diario Oficial.