Culminadas las actuaciones el Juzgado Letrado en lo Penal de Octavo Turno, dispuso: condenar a un masculino de iniciales N.L.A. de 18 años de edad, como autor penalmente responsable de dos delitos de lesiones personales especialmente agravados en régimen de reiteración real, a la pena de seis meses de prisión a cumplirse en régimen de libertad vigilada con las siguientes condiciones:
1). Residir en un lugar específico fijando domicilio, en el que sea posible la supervisión y vigilancia de la OSLA.
2). Sujeción a la orientación y vigilancia de dicha oficina.
3). Presentación una vez por semana a la Seccional Policial de su domicilio sin obligación de permanencia.
4). Disponerse el cierre de frontera del imputado, a cumplirse por el plazo referido ut supra”.