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Personal Policial es derivado a Avenida Batlle y Verocay por rapiña a transeúnte. Entrevistado la víctima , un hombre mayor de edad, quien manifiesta que en circunstancias que se encontraba en el lugar, se le acerca un hombre y mediante amenazas con un arma blanca intenta rapiñarlo, al no lograr su objetivo le propina un corte en el rostro, dándose a la fuga.

Atendido en el lugar por Emergencia Médica de EMI, con diagnostico primario “ Traumatismo nasal con herida cortante”. Se realiza recorridas en procura de  localización del mismo, procediéndose a su detención e incautación de un cuchillo de unos 25 cm de hoja. Concurre Policía Científica efectuando relevamiento correspondiente.

Finalizadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto, dispuso: Decretase la suspensión condicional del proceso por el termino de ciento veinte días, obligándose a C.D.O.F. formalizado por la comisión de UN DELITO DE LESIONES PERSONALES, a las siguientes obligaciones:

a- fijar domicilio ante la Sede y Fiscalía cumpliendo con el denunciado en la comparecencia.

b- prohibición de acercamiento a la víctima en un radio de 500 metros.

c- obligación de presentación ante la Seccional Policial correspondiente a su domicilio una vez por semana sin obligación de permanencia.

d- no poseer ni portar armas, teniendo además la carga de comunicar al Fiscal cualquier inconveniente, causa de fuerza mayor o caso fortuito que dificulte o impida el cumplimiento del acuerdo.


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