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Culminadas las actuaciones en Sede Judicial el Juzgado actuante dispuso: condenar a P.E.R.S., como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de tenencia no para consumo de sustancias estupefacientes prohibidas a sufrir, la pena total de veinte (20) meses de prisión, que se sustituirán por un régimen de libertad vigilada y a L.V.S.M. como autor penalmente responsable por la comisión de un delito de tenencia no para consumo de sustancias estupefacientes prohibidas a sufrir, la pena total de veinte (20) meses de prisión, los cuales los primeros tres (3) meses serán de cumplimiento efectivo y los restantes diecisiete (17) meses se sustituirán por un régimen de libertad.


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