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Próximo al mediodía de ayer, en un comercio ubicado en calle Agraciada y la vía, una persona mayor de edad, denunció que tenían a una mujer retenida, la que intentó hurtar mercadería del comercio (productos de higiene personal y alimentos).

Puestos los hechos en conocimiento a la Sra. Fiscal de Turno dispuso “se traslade a la mujer a Investigaciones para labrarle acta por Art. 61 del CPP, a los efectivos Policiales, a testigos y denunciante”.

Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, dispuso respecto de la persona de iniciales M.V.T.C se hace lugar a las medidas del art 222 del NCPP las que consisten en:

1) El deber de fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal,
2) La prohibición de salir del país sin autorización.

3) Prohibición de acercamiento a los locales comerciales ubicados en Avda. Batlle y Blandengues y en calle Agraciada y Dr. Arregui, en un radio de 100 metros. Todo por un plazo de ciento ochenta días.-


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