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El día lunes por la noche, personal de P.A.D.O que realizaba recorridas en prevención de delitos por calle Cuareim y Larrañaga, identifican a dos ocupantes de una moto ambos mayores de edad, verificada la chapa matrícula de la misma no corresponde con el número de motor, la moto figura como hurtada desde el día 11 de Noviembre, siendo detenido el conductor. 

Culminadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se dispuso la condena de P.B.A de 18 años de edad, como autor responsable de un delito de Receptación a la pena de 6 (seis) meses de prisión que se sustituyen por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo residencia en su domicilio.

b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.-

Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 (treinta) días. e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.


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