En circunstancias que personal Guardia Republicana se encontraban abocados a tareas de patrullaje próximo a la hora 02:00 de hoy, identifican en calles Juan H. Paiva e Ituzaingó, a una camioneta Peugeot Partner, matrícula de esta ciudad, con dos ocupantes un hombre y una mujer mayores de edad, donde al realizarle una inspección ocular al interior del vehículo, se divisa nueve bultos de color negro, los que contenían mercaderías en presunta infracción Aduanera.
Concurrió personal del Departamento de Policía Científica. Puesto el hecho en conocimiento a Fiscalía dispuso: detención de ambos Indagados, se deje constancia debida de lectura de derechos dejando sentado hora de detención. Se proceda a realizar relevamiento en el lugar en presencia de los Indagados y se proceda a incautación del vehículo y mercaderías en el lugar dando intervención a Dirección Nacional de Aduanas, se tome declaración a los Indagados bajo el Art. Nº 61 de C.P.P., si es su voluntad declarar en sede Policial, se tome actas a Policías Aprehensores, se realice relevamiento de cámaras Ministeriales en caso de haber, extraer registros.
Se realice incautación de celulares con cadena de custodia dejando constancia escrita si autoriza el relevamiento primario de los celulares. Se proceda a la conducción de ambos Indagados en horas de la mañana a Sede de Fiscalía.
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Octavo Turno de Salto se dispuso lo que a continuación se detalla; condenándose a M.B.V.S de 28 años de edad y D.G.T.N de 39 años de edad como autores penalmente responsables de un delito de contrabando a la pena de veintiún (21) meses de prisión que se cumplirá en régimen de libertad a prueba debiendo cumplir los condenados las siguientes condiciones del articulo 295 del CPP: a) residencia en lugar determinado; b) sujeción a la OSLA; c) presentación a la seccional policial, correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin permanencia; d) prestación de servicios comunitarios el termino de 30 días una (1) vez por semana dos (2) horas y e) durante cuatro (4) meses dispónese el arresto nocturno de 00:00 a 06:00 horas, todo con descuento del tiempo de privación de libertad que hubieren sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor.
Confiscase la mercadería incautada y el vehículo automotor camioneta marca Peugeot, modelo, Partner, color blanco, matrícula de Salto, permaneciendo en custodia de la dirección nacional de aduanas y a disposición de la pieza aduanera que oportunamente se formara.”