Personal Policial concurre a calle Instrucciones del año XIII y Bay Pass Barrio Artigas, por un hombre que había sido mordido por un can. Al arribar al lugar se entrevistan con una mujer mayor de edad quien manifestó que su hijo menor de edad fue mordido por un perro, al ir hablan con la dueña, dialogaron de forma pacifica, pero en un momento llegó un hombre generándose una discusión y multitud de personas. En un momento este sujeto saca un machete desde el interior de sus prendas hiriendo a su hijo en la mano, el que fue trasladado al Hospital Salto para su asistencia.
De acuerdo a colección de datos, averiguaciones con testigos y análisis de información, el hombre agresor fue conducido a la Dirección de Investigaciones para las averiguaciones quedando a disposición de la justicia.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto se condeno a A.A.P de 45 años de edad como autor responsable de tres delitos de Lesiones personales agravado a la pena de 4 (cuatro) meses de prisión, que se sustituye por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA;
c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.- d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.-
Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 3 (tres) meses.- e.- prohibición prohibición de comunicación a la víctima. f.-ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercia bajo tas modalidades que se determinen en el plan de intervención.-