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La condena es para Thomsen, Ciro Pertossi, Comelli, Benicelli y Luciano Pertossi. En tanto, Viollaz, Cinalli y Lucas Pertossi fueron condenados a 15 años de prisión.

Cinco de los ocho rugbiers fueron condenados este lunes a prisión perpetua por el crimen de Fernando Báez Sosa, el joven que fue muerto a golpes el 18 de enero de 2020 a la salida de un boliche en Villa Gesell, provincia de Buenos Aires, Argentina.

El Tribunal en lo Criminal Nº1 de Dolores resolvió por unanimidad condenar a prisión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, como como coautores penalmente responsables del crimen.

Los cinco fueron condenados por los delitos de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía en concurso ideal con lesiones leves, de conformidad con lo normado por los artículos 80, incisos segundo y sexto, 54, 89 y 46 del Código Penal argentino.

En tanto, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi fueron condenados a 15 años de prisión, según el veredicto que se leyó este lunes en el tribunal del juicio en la causa Nº 629. En este caso, se los condenó como partícipes secundarios penalmente responsables de los mismos delitos.

El Tribunal en lo Criminal Nº1 rechazó el planteo de nulidad del juicio presentado por la defensa de los condenados.

Máximo Thomsen se descompuso y la lectura de la sentencia debió ser interrumpida. La jueza María Claudia Castro dispuso que sea retirado de la sala para recibir atención médica.

PERPETUA

El artículo 13 del Código Penal argentino establece que el «condenado a reclusión o prisión perpetua que hubiere cumplido 35 años de condena» podrá «obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social».

Entre las condiciones que el liberado deberá cumplir están fijar domicilio, abstenerse de consumir bebidas alcohólicas o utilizar sustancias estupefacientes, tener un trabajo en caso de no contar con medios propios de subsistencia, no cometer nuevos delitos, someterse al cuidado de un patronato y a un tratamiento médico, psiquiátrico o psicológico, que acrediten su necesidad y eficacia de acuerdo al consejo de peritos.

Estas condiciones regirán hasta diez años después del otorgamiento de la libertad condicional.


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