En a fecha 17 de los corrientes se presentó en Seccional Policial un hombre de 49 años de edad
quien manifestó que su hijo de 17 años de edad se encontraba en la intersección de Costanera Pte.
Tomas Berreta y Avenida Manuel Patulé cuando es agredido por otro conocido por su
hijo el cual se dio a la fuga en un birrodado.
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes
de Cuarto Turno de Salto, condenó a B.J.M.F. de 23 años de edad como autor responsable de un
delito de lesiones personales a la pena de 3 (tres) meses de prisión.
Se concede el beneficio de libertad a prueba (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en: a. residencia en su domicilio denunciado, b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA: c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia. d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o
utilidad social.
Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas
diarias, por el término de 3 (tres) meses. e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria
o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.