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Personal de PADO concurrió a una vivienda ubicada en la intersección de calle Cuareim y avenida Benito Solari por tentativa de hurto. En el lugar se entrevistó a una mujer de 40 años de edad quien manifestó que un hombre ingresó a su predio sin autorización no constatando la usuaria hurto ni daños.

Al arribo de los efectivos policiales el hombre se había retirado, por la descripción aportada por la usuaria en la cabecera de Puente Treinta y Tres se identificó y procedió a la detención de un hombre de 47 años de edad.

Culminadas las actuaciones Este Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno dispuso: hacer lugar a las medidas cautelares previstas en el art. 222 del N.C.P.P.; con
respecto de F.J.R.C., consistentes en: Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato
conocimiento al tribunal. Prohibición de salir del País sin autorización previa.

Prohibición de comunicación con la víctima y de concurrir a su domicilio. Todo por el término de noventa días (90), bajo apercibimiento de incurrir en el delito de desacato; las que vencen en forma automática el
día 02/05/2024, salvo disposición en contrario. Díspónese el cese de detención del imputado.


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