En ACI Salto Grande siendo la hora 00:36’ de fecha 29/03/2024 al procederse a la inspección de un
vehículo marca FORD conducido por un hombre propietario del vehículo y acompañado de una
mujer mayor de edad, se constató mercadería oculta bajo y detrás de asiento trasero,
compartimiento oculto en caja de la camioneta entre la chapa y protector plástico de la caja y debajo
del espolón entre el motor y el paragolpe delantero, por lo cual se considera en presunta infracción
de Contrabando de acuerdo al art. 210 literal D de la Ley 19276 (Carou). Todo lo que fue puesto en
conocimiento el Fiscal de Turno.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de
Adolescentes de Octavo Turno de Salto, dispuso lo que a continuación se transcribe: «Atento a lo
manifestado en la presente audiencia y a lo solicitado por la Fiscalía respecto de:
- M.B.F. y de conformidad con lo previsto por el artículo 221 del CPP se resuelve: Hacer lugar a las
medidas cautelares solicitadas durante el término de 180 días consistentes en fijar domicilio ante ⁃
la Sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal; prohibición de salir del País ⁃
sin autorización de la Sede; – arresto domiciliario nocturno entre las 22 horas y las 06 horas del día
siguiente – presentación semanal ante la seccional policial correspondiente a su domicilio. - V.O,S., «Hacer lugar a las medidas cautelares solicitadas durante el término de 180 días
consistentes en: fijar domicilio ante la Sede y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al ⁃
Tribunal; prohibición de salir del País in previa autorización de la Sede Oficiese a JPS para su ⁃
conocimiento y a Dirección Nacional de Migraciones”