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Por llamado al Servicio Emergencia 9-1-1, concurre a un local comercial
ubicado en calle Diecinueve de Abril y S. Errandonea por hurto. En el lugar se entrevistó a una
femenina mayor de edad, la cual manifestó que se encontraba trabajando en dicho kiosco cuando de
repente escucha un golpe fuerte, al salir a verificar, observa a un masculino mayor de edad que se
encontraba golpeando un freezer de helados, por lo cual la femenina se encierra en el comercio.

El masculino logra ingresar y comienzan a forcejear donde le hurta aproximadamente doce mil pesos
uruguayos, dándose a la fuga.
Personal de Direccion de Investigaciones en recorridas por la zona y por datos aportados por la
usuaria identifican y proceden a la detención de un masculino de iguales características que no
estaría ajeno al hecho.
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes
de Octavo Turno de Salto, se dispuso lo que a continuación se transcribe: Admítase la acusación,
condenándose a J.G.B como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente
agravado a la pena de dos años y ocho meses de penitenciaría, con descuento del tiempo de
privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor
de conformidad con el artículo 105, literal e del código penal.


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