Comparte esta noticia

Culminadas las actuaciones en juzgado letrado de primera instancia en lo penal y de adolescentes de
octavo turno de Salto dispuso: admítase la acusación, condenándose a R.A.S.A. como autor
penalmente responsable de un delito de receptación y un delito de violación de domicilio la pena de
ocho (8) meses de prisión, la que vencerá el día de 26/04/2025, sin perjuicio de la liquidación
definitiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las
prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105, código literal e del
penal.


Comparte esta noticia
Acción no permitida! HostingServicios.com