Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado Salto de Primer Turno Especializado en VBG,
VD y Sexual, condenó a D.G.L.D, como autor responsable de un delito de violencia doméstica
agravado, dos delitos de hurto uno de ellos en concurrencia fuera de la reiteración con un delito de
violación de domicilio y otro especialmente agravado, todos en régimen de reiteración real a la pena
de doce (12) meses de prisión de cumplimiento efectivo, con descuento de la detención sufrida
siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento conforme
lo dispuesto por el art. 105 lit. e) del Código Penal.
Asimismo, condenase a pagar una reparación patrimonial para la víctima del delito de violencia
doméstica en suma equivalente a doce ingresos mensuales o, en su defecto, doce salarios mínimos
sin perjuicio del derecho que le asiste a la víctima de seguir la vía procesal correspondiente para
obtener la reparación integral del daño.