Personal policial concurre a la intersección de calles 19 de Abril y Osimani por una detención ciudadana. En el lugar se entrevistan con el gerente de un local comercial quien manifestó que un hombre de 30 años de edad ingresó al local e intentó hurtar mercadería siendo detenido por personal de seguridad. Puesto en conocimiento Fiscalía dispuso: “detención del hombre, acta por Art. 61 del CPP., acta al denunciante, al guardia de seguridad y policías actuantes”.
Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno de Salto condenó a J.M.V.C como autor penalmente responsable de dos delitos de hurto, uno de ellos en grado de tentativa en reiteración real. A la pena de tres (3) meses de prisión, sin perjuicio de su reliquidación, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el artículo 105 literal e del código penal.»