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En la fecha 10 de diciembre del 2023 se presentó en Seccional Policial un hombre mayor de edad
dando cuenta que se desempeña como guarda de una empresa de ómnibus interdepartamental, al
arribar a la terminal de Salto y por un descuido le hurtaron un maletín el cual contenía boletera,
boletos, parlantes, un paraguas y las llave de su domicilio.


Por información colectada y analizada por personal de Dirección de Investigaciones se ubicó a la
autora de 36 años de edad y se recupero los objetos denunciados; siendo la mujer emplazada sin
fecha.


En la fecha 22 de Febrero de 2024 culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera
Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto, condeno a la femenina de 36

años de edad como autora penalmente responsable de un delito de hurto, a la pena de cuatro (4)
meses de prisión, sustituyéndose por un régimen de libertad a prueba (Ley 19.889) consistiendo sus
obligaciones en: a) Residencia en su domicilio denunciado, b) Sujeción a la orientación y vigilancia
permanentes de la O.S.L.A, c) Presentación en la Seccional Policial de su domicilio 1 (una) vez por
semana sin permanencia. d) Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las
tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en
O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces
por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de 30 (treinta) días; debiendo acreditar la
notificación al penado de la coordinación con el organismo donde se comprometa a prestar tareas.
e) Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se
determinen en el plan de intervención.


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