Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de
Adolescentes de Octavo Turno de Salto, condenó a R.A.DF.Q como autor responsable de tres
delitos de hurto especialmente agravados y un delito de porte y tenencia de armas de fuego en
lugares públicos, todos en concurso en régimen de reiteración real entre si a la pena de dieciséis
(16 meses de prisión efectiva, con descuento del tiempo de privación de libertad que hubiere
sufrido y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el Artículo
105 literal E del Código Penal.
Previo al ingreso del penado al INR, deberá ser conducido al Hospital de Salto a los efectos de
que se efectúen las curaciones necesarias de las heridas que presenta y que se le indique y
proporcione la medicación que requiera.