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Desde calle W. Beltrán al 2300 por llamado al Servicio 911, concurre personal
policial por detención ciudadana. En el lugar entrevistado un masculino de 26 años, quien llegó a su
domicilio con su hermano, donde saliendo de su predio interceptan a un masculino con una bolsa de
cemento y una mochila con comestibles, por lo que se traban en lucha los tres y a posterior llaman a
la policía. El masculino de 25 años que se llevaba los efectos, poseedor de varios prontuarios
presenta lesiones en su rostro, consultado no es su deseo radicar denuncia. Puesto los hechos en
conocimiento del Fiscal de Turno se procedió a la detención del mismo.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescente
de 8° Turnos Salto, condenándose a:

  • A.T.D., como autor plenamente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en
    grado de tentativa a la pena de seis meses de prisión, cumpliéndose en régimen de Libertad a
    Prueba, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones de conformidad con el Artículo 295 Bis
    del CPP:
    A) residencia en lugar determinado:
    B) sujeción a la DINAMA
    C) presentación a la seccional policial correspondiente a su domicilio una vez a la semana sin
    permanencia
    D) prestación de 6 jornales de servicios comunitarios de dos (2) horas.

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