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Desde calle 19 de Abril y Albisu siendo la hora 02:10’, del día 19 de junio, personal policial
concurre por llamado al Servicio 911, por desorden en local. En el lugar entrevistada una femenina
de 43 años, manifestó que un masculino se encontraba alcoholizado y agresivo en el local y
solicita que se lo retire. Se procedió a dialogar con un masculino de 44 años, quien se ofusca y
trata de agredir a los funcionarios, siendo detenido. Se puso en conocimiento del Fiscal de Turno.
Culminadas las actuaciones en Juzgado de Octavo Turno de Salto se dispuso:

  • Téngase por formalizada la investigación del imputado E.J.B.P. por la comisión de un delito de
    amenazas. Decreto N° 1818/2024: del Art 221 de del NCPP, en:
    De acuerdo a lo solicitado por Fiscalía se hace lugar a las medidas cautelares no privativas de
    libertad consistentes en:
  • Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al tribunal.
    -Prohibición de salir del país.
  • Prohibición de acercamiento al local comercial sito en calle 19 de abril entre
    Albisu y Chiazzaro, en un radio de doscientos (200) metros y de comunicación por cualquier
    medio y relacionamiento con la denunciante y demás empleados del local.
    Todo por el el plazo de ciento ochenta días, que vencerán en forma automática el día 15/01/2025
    a la hora 18:00.

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