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Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de
Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, se dispuso:
Téngase por formalizada la investigación de los imputados

  • M.A.F. у M.P.P, por la presunta comisión de un (1) delito de contrabando especialmente
    agravado.
    De acuerdo a lo solicitado por Fiscalía, y con anuencia de la Defensa, se hace lugar a las medidas
    cautelares no privativas de libertad del art 221 del NCPP las que consisten en:
  • fijar domicilio ante la sede y no modificarlo sin autorización del Tribunal;
  • presentación en seccional policial de su domicilio una vez por semana;
  • la prohibición de salir del país sin autorización previa de la autoridad judicial;
  • presentación semanal ante la seccional policial correspondiente a su domicilio;
  • arresto domiciliario nocturno en el horario comprendido entre las 22:00 y la 06:00 horas del día
    siguiente, todo por el plazo de ciento ochenta (180) días mientras se continúa y profundiza la
    investigación en curso.
    Que vencerán en forma automática el día 12/04/2025 a la hora 18:00.

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