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1) Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de
Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, condenó a: A.F como autor responsable de un delito de
Receptación especialmente agravado a la pena de 6 (seis) meses de prisión. Se concede el beneficio
de Libertad a Prueba (Ley 19,889) consistiendo sus obligaciones en:

a. residencia en su domicilio denunciado.
b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes.
c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.
d. prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen,
teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines
sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y
no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 2 (dos) meses.
e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades
que se determinen en el plan de intervención.-


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