Culminadas las actuaciones este Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de
Adolescentes de Octavo Turno de Salto se dispuso lo que a continuación se transcribe:
Admítase la acusación, condenándose a K.S.R.M. como autor penalmente responsable de veintidós
delitos de hurto, uno de ellos especialmente agravado y dos en grado de tentativa todos en régimen
de reiteración real entre si a la pena de veintidós (22) meses de prisión. Con descuento de la
detención cumplida y de su cargo las prestaciones legales accesorias de rigor de conformidad con el
artículo 105, literal e del Código Penal.