El día 19 de Agosto del corriente año, denunció un hombre mayor que es propietario de un local destinado a fiestas infantiles y reuniones, en calle Invernizzi al 500, que en horas de la noche al ingresar encuentra el lugar en completo desorden. Al revisar se da cuenta que personas extrañas le hurtaron una jarra eléctrica, color blanca, un alargue de unos tres metros, color blanco. Agrega que el o los autores ingresaron por una ventana mediante rotura de la misma. Al lugar concurrió Policía Científica, realizando relevamiento del lugar. En estos días habiendo obtenido los resultados del relevamiento por parte de Policía Científica de huellas dactilares, las mismas dieron positivas para un masculino de iniciales W.R.V.A. de 18 años de edad.
Consultado el Magistrado dispuso: QUE AUTORIZA LA REQUISITORIA DE LA PERSONA, UNA VEZ SEA AVERIGUADO AL RESPECTO SE LO CONSULTE NUEVAMENTE. Posteriormente se concurre a la finca del mismo procediéndose a su detención. Puesto en conocimiento de los hechos al Juez penal de cuarto turno de Salto. Dr. Hugo Rundie. Culminadas las actuaciones en Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto Dr. Rundie dispuso el procesamiento con prisión de W.R.V.A por un Delito de Hurto. Intervino Policía Científica y Seccional 5ta.
HURTO.
El día 28 de Setiembre en momentos que personal policial se encontraba realizando recorridas por inmediaciones de barrio la tablada, visualizan a un masculino que circulaba con un carro con ladrillos, quien al notar la presencia policial abandona el mismo dándose a la fuga. Procediéndose a incautarlo y dejarlo en depósito en la seccional. Posteriormente denuncia un masculino mayor que se desempeña como constructor en una obra y al finalizar su jornada laboral, dejó en el fondo la cantidad de 400 ladrillos, 6 bolsas de portland y 6 tablas de encofrar. Al día siguiente, al llegar a la misma, constata la falta de los materiales antes mencionados. Siendo recuperados 79 de los 400 ladrillos. Se realiza allanamiento en una finca procediéndose a la detención de un menor de edad, quien expresó ser el autor de los ladrillos y haberlos vendido a dos pesos cada uno.
Enterado el Señor Juez Penal de 4º Turno de Salto Dr. Rundie dispuso COMO MEDIDA CAUTELAR LA INTERNACIÓN EN INISA DEL ADOLESCENTE, POR HABER INCURRIDO EN UN HECHO INFRACCIONAL DESCRIPTO POR EL CÓDIGO PENAL COMO UN DELITO DE HURTO EN CALIDAD DE AUTOR; A FIN DE ASEGURAR SU CONTENCIÓN Y EL ABORDAJE DE SU CONSUMO PROBLEMÁTICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES POR EL TERMINO DE SESENTA DÍAS. Intervino Seccional 2da.