Personal Policial derivados por el Centro de Comando Unificado concurre a un comercio ubicado en calle Uruguay a la altura del 800, donde habría una detención ciudadana, manifestando un hombre que se encontraba trabajando cuando observa que un sujeto toma un objeto del comercio colocándolo entre sus ropas, intentando darse a la fuga logrando retenerlo próximo a la salida con ayuda de compañeros.
Solicitando saque lo hurtado, a lo cual saca dos rayadores, una chaira, tres colorantes. Se procede a la detención, y consultada la Fiscal Letrado Departamental de Tercer Turno dispuso: acta a los policías aprehensores , a quien lo detuvo en el lugar, una vez se tenga todo se la vuelva a enterar. Investiga Dirección de Investigaciones.
Terminadas las actuaciones el Juzgado Penal de Octavo Turno dispuso:
-Condenar a C.D.L.P., como autor penalmente responsable de un delito de hurto en grado de tentativa (ART. 60 y 340 del C.P.), a sufrir la pena total de 3 meses de prisión, siendo los primeros 45 días de cumplimiento efectivo y los restantes 45 se sustituirán por el régimen de arresto de fin de semana que se cumplirá en la seccional Policial que la autoridad Policial disponga desde la hora 08:00 de la mañana del día sábado hasta la hora 12:00 del día domingo siguiente, conforme a lo dispuesto por ART. 3 Lit. I; de la Ley 17.776, con descuento de la detención cumplida y siendo de su cargo el pago al estado de los gastos de alojamiento, alimentación y vestimenta.