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Personal Policial toma conocimiento que en un domicilio ubicado en calle 25 de Agosto a la altura del 700, habría una persona extraña. En el lugar una mujer, mayor de edad, denuncia que, una persona extraña habría ingresado a su predio sin autorizaron, encontrándose al momento en el lugar, se precede a identificar a un hombre, mayor de edad, siendo detenido. 

Puestos los hechos en conocimiento a Fiscalía de Turno dispuso: “Se da por enterado, tramites de rigor con el detenido, actas a Policías actuantes y testigo”. Lo que se dio cumplimiento. Trabaja Unidad de Investigaciones.

Finalizadas las actuaciones el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno dispuso la formalización: de C.D.S., por la presunta comisión de un delito de violencia privada y la Suspensión Condicional del Proceso por el término de 60 días debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: 1). Fijar domicilio y residir en un lugar especifico. 2). Presentación ante la seccional policial de su jurisdicción una vez por semana sin obligación de permanencia; y 3). Prohibición de relacionamiento y comunicación respecto a la víctima y su familia, así como a su lugar de trabajo en un radio de 100 metros.


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