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Personal Policial fue derivado por Mesa Central de Operaciones a un supermercado ubicado en zona Este por haber una persona retenida por hurto. En el lugar es entrevistado un funcionario del local, mayor de edad, quien manifiesta, que momentos antes un hombre, intentó llevarse un paquete de yerba, un paquete de arroz, carne picada y 3 kilos de fideos sin abonar, siendo retenido.

Se procede a identificar y detener al autor del hecho un masculino, mayor de edad, quien se encuentra requerido por la Seccional Primera de Montevideo. 

Puestos los hechos en conocimiento a Fiscalía de Turno dispuso: “Que el detenido continué en calidad de tal, actas a Policías actuantes y a denunciante testigo, registro fotográfico con celular, entrega de mercaderías bajo firma al comercio”. Lo que se dio cumplimiento. Trabaja Unidad de Investigaciones.

Finalizadas las actuaciones el Juez Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno dispuso: para S.G.M., hacer lugar a las medidas solicitadas por la Fiscalía durante la consistentes en: 1). Fijar domicilio y no modificarlo sin dar inmediato conocimiento al Tribunal; y 2). Prohibición de concurrir al supermercado del hecho. Todo por el término de 90 días.


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