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Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y Adolescentes de Cuarto Turno dispuso: téngase por formalizada la investigación del adolescente M.N.P.P., por la comisión de una infracción grave a la Ley Penal tipificada como un delito de hurto y la Suspensión Condicional del Proceso por el término de ciento veinte (120) días debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: 1). Fijar domicilio ante la Sede de Fiscalía y 2).

Obligación de concurrir al Proyecto Magone de la Obra Social Don Bosco y con respecto a R.S.M.P., como autor responsable de un delito de hurto especialmente agravado a la pena de doce (12) meses de prisión, que será sustituida por la Libertad Vigilada, consistiendo sus obligaciones en: 1). Residencia en su domicilio denunciado; 2). Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA y 3). Presentación en la Seccional Policial de su domicilio una (1) vez por semana sin permanencia.


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