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Una vez finalizadas las actuaciones en sede Judicial, mediante Oficio N" del Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto, libra el presente a los efectos de comunicar que se dispuso:
  • De acuerdo a lo solicitado por la Fiscalía al amparo de lo solicitado por el art. 222 del NCPP se disponen las medidas limitativas de la libertad por un plazo de noventa días las que vencerán en forma automática el dia 24/11/2020 a la hora 18:00 el Indagado accede a las siguientes obligaciones:
    a.- fijar domicilio ante la Sede y Fiscalía cumpliendo con el denunciado en autos, teniendo además la carga de comunicar al Fiscal cualquier inconveniente, causa de fuerza mayor o caso fortuito que dificulte o impida el cumplimiento del acuerdo.
  • Se dispone el cese de detención del detenido.

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