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De acuerdo a procedimiento realizado por personal de Unidad de Investigaciones, donde se realizaron una serie de allanamientos simultáneos, se pudo incautar los siguientes objetos:


Un REVOLVER, calibre 44 ESPECIAL, marca SMITH & WESSON, numeración ILEGIBLE;
Un REVOLVER, calibre 38, marca ILEGIBLE, numeración ILEGIBLE;
Una ESCOPETA, calibre 12, numero 6924, cabo de madera;
Un RRIFLE, CALIBRE 22, marca REMINGTON, modelo 512-X, con mira telescópica, con guía;
Una ESCOPETA, calibre 16, numero 16GA-7636H, procedencia TURQUIA;
Un RIFLE, calibre 243, numero 91792991,
Una ESCOPETA marca BOITO, calibre 12, numero 909584


Una ESCOPETA, calibre 12, marca UZKOL, numero UZ17-13346 con mira telescópica y con guía
2.163 CARTUCHOS calibre 22
53 CARTUHOS calibre 243
8 CARTUCHOS calibre 44
193 CARTUCHOS calibre 12.

JEFATURA DE POLICÍA DE SALTO.
UNIDAD DE INVESTIGACIONES.

Salto, 03/12/2020.

CONDENADOS:

Ampliando comunicado anterior, finalizadas las actuaciones en Sede Fiscal y Judicial se dispone condenar al masculino de iniciales M.A.L.P. como autor responsable de un delito de Hurto especialmente agravado a la pena de 13 (trece) meses de prisión efectiva.


Condenar al masculino de iniciales G.O.V. como autor responsable de un delito de Asistencia al tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas, un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones y un delito de receptación en régimen de reiteración real, a la pena de 24 (veinticuatro) meses de prisión efectiva.


Condenar al masculino de iniciales G.M.H.A. como autor responsable de un delito de Tráfico de sustancias estupefacientes prohibidas en la modalidad de negociación y un delito de hurto especialmente agravado, en régimen de reiteración real a la pena de 4 (cuatro) años y 9 (nueve) meses de penitenciaría efectiva, todos con descuento de la preventiva sufrida, siendo de su cargo el pago al Estado de los gastos de alimentación, vestido y alojamiento, conforme a lo dispuesto por el Art. 105 del Código Penal.

Se adjunta foto.


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