Comparte esta noticia

Personal de P.A.D.O que realizaba recorridas por intersecciones de calles Varela y 17 metros, avistan un carro con bolsas de Portland y los hombres que se trasladaban en el mismo se dan a la fuga, logrando detener a uno de ellos.

Inmediatamente se recibe una comunicación al servicio de emergencia 9-1-1, donde una persona mayor de edad da cuenta que en las Cooperativas de Vivienda ubicadas en calle Magallanes entre calles 2 y 3 las cuales están en construcción, unos hombres en carro le hurtaron 10 bolsas de Portalnd. 

Puestos los hechos en conocimiento al Sr. Fiscal de Turno dispuso “Detención del masculino, relevamiento fotográfico e incautación de las bolsas de Portland, se derive a Investigaciones, que el Denunciante concurra a Dependencia por actas referente al hecho”.

Una vez culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Cuarto Turno de Salto se dispuso la condena de E.D.S.V de 29 años de edad como autor responsable de un delito de Hurto a la pena de 3 (tres) meses de prisión, con descuento de la cautelar cumplida, que se sustituyen por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo sus obligaciones en:

a. residencia en su domicilio denunciado.

b. Sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA.

c. Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.-
d. Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social.- Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 2 (dos) meses. e. Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.


Comparte esta noticia
Acción no permitida! HostingServicios.com