Se registró un siniestro de transito en Ruta 3 Km 524, entre una camioneta furgón conducida por un hombre mayor de edad el cual llevaba como acompañante a una mujer mayor de edad y una camioneta marca Chevrolet modelo Corsa conducida por un hombre mayor de edad la cual llevaba mercadería de dudosa procedencia la que quedó esparcida sobre la ruta y el vehículo.
Al lugar concurrió ambulancia de Termas del Arapey visto los ocupantes de ambos vehículos por el médico a cargo diagnostico en forma primaria “politraumatizados trasladados al Hospital Salto”.
Informada la Sra. Fiscal de Turno dispuso “que concurra Policía Científica y personal de Aduanas al lugar, acta de acuerdo al articulo 61 del C.P.P al conductor de la camioneta que trasladaba la mercadería, acta a los policías que concurrieron al lugar”.
Una vez finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Segundo Turno de Salto se dispuso la condena de S.D.C.F como autor penalmente responsable de un delito de contrabando a la pena de ocho (8) meses de prisión, con descuento del tiempo de detención sufrido; sustituyéndose por Libertad a Prueba (Ley 19.889) consistiendo en sus obligaciones :
a. residencia en su domicilio denunciado.-b. sujeción a la orientación y vigilancia permanentes de la O.S.L.A.- c. presentación en la Seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia.- d-prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en O.N.G., cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana, 2 (dos) horas diarias, y por el término de 30 (treinta) días; debiendo acreditar la notificación al penado de la coordinación con el organismo donde se comprometa a prestar tareas.- e. ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención.
– Se dispone el decomiso del vehículo y las mercadería a las que quedarán a disposición de la pieza Aduanera.-