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Personal policial fue derivado a una finca de Barrio Minervini por un hurto en proceso. En el lugar, constatan que un masculino salta el muro de la finca hacia fondos linderos, por lo que es seguido y con autorización del propietario de una finca de la zona, se ingresa en el predio y se procede a la detención de un hombre  de 30 años.

El detenido fue trasladado a un Centro Asistencial y a dependencia policial.

En el lugar del llamado, se procede a recepcionar denuncia a un hombre  mayor quien da cuenta que próximo a la hora 15:00 deja su casa sin moradores para irse a trabajar, a posterior le dan aviso que habrían ingresado a su finca, por lo que de inmediato concurre, constatando que la puerta principal que es de chapa estaba doblada en la parte inferior, que habían forzado la reja de una ventana, además de dañar la ventana de la cocina y una banderola, ingresando y hurtando un revólver calibre 22 caño largo empavonado, $U 500, una amoladora grande, un taladro y varias herramientas. Avaluando el perjuicio en $U 30.000.

Con autorización de una propietaria de finca lindera, se efectuó una inspección en los fondos, incautando una bolsa conteniendo: una botella de licor de menta, una amoladora marca Heinkel, un taladro marca Hyunday, una linterna marca Cripton, un taladro marca Black & Decker, un taladro de mano, dos cargadores, una caja con maquina de cortar pelo marca Gama, dos trifásicos blancos, un desodorante, dos perfumes, un celular marca Alcatel con cargador, auriculares negros, un celular Motorola, un celular marca Nokia, un corta plumas, cuatro relojes pulsera, cinco pulseras plateadas, un anillo de oro con piedras, un collar de ahorque de can, un reel, una caña de pescar, $U 174 y cuatro monedas argentinas.

Se le labro acta al denunciante quien reconoció los efectos incautados como de su propiedad.

Al lugar concurrió personal de Policía Científica quien realizó relevamiento pericial.

Culminadas las actuaciones en Sede Judicial, el Dr. Ruben Etcheverry, Juez Penal de Cuarto Turno, dispuso: “Condenar a M.G.P.Z, como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado continuado, a sufrir la pena de doce (12) meses de prisión de cumplimiento efectivo, con descuento del tiempo de detención sufrido y de su cargo los gastos carcelarios previstos en literal E) del articulo 105 del Código Penal”.


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