Comparte esta noticia

El Consejo Superior de la Liga Salteña de Fútbol, en uso de las facultades que le confiere el Art. 16º de los Estatutos, convoca a Asamblea Ordinaria para el día lunes 05/03/2018 a la hora 20y30 en el local de la sede de la Liga Salteña de Fútbol, Brasil 762.

 

Para tratar el siguiente orden del día:

 

1º) Lectura y consideración de acta Nº 182, 183 y 184.

 

2º) Consideración de la Memoria y Balance Anual.

 

3º) Elección de la Comisión Fiscal.

 

4º) Modificaciones Estatutarias.

           4a. Modificación del Art. 25 presentada por el Club River Plate:

“Las divisionales Primeras A y B estarán constituidas por 12 clubes y deberán competir obligatoriamente en categoría primera y sub.20, en esta última categoría se podrá incluir en los partidos hasta 5 jugadores de mayores de 20 años por equipo. La actividad de estas empezara el último domingo del mes de marzo de cada año. Si semana de turismo incluyera este fin de semana se deberá comenzar el primer fin de semana inmediato siguiente a finalizada la semana de turismo.

 

En caso excepcionales o si la Selección Salteña de Mayores aún este compitiendo, o haya finalizado su actuación en un lapso menor a las dos semanas de fijada la iniciación de la actividad, los jugadores de la misma deberán tener un descanso de dos semanas, por lo que la actividad deberá iniciarse una vez cumplido dicho plazo de descanso.”

   

    4b.Modificación del Art. 25 presentada por el Club Cerro:

“Las Divisionales Primera A y B, estarán constituidas por 12 Clubes y deberán competir obligatoriamente en categorías primera y Sub. 20, en ésta última categoría podrán incluir hasta 7 jugadores mayores (sin importar la edad), por equipo. La actividad de estas comenzará el último domingo del mes de Marzo de cada año.

Si semana de Turismo incluyera este fin de semana se deberá comenzar el primer fin de semana inmediato siguiente a finalizada la semana de Turismo.

En casos excepcionales o si la Selección Salteña de Mayores aún está compitiendo, o haya finalizado su actuación un lapso menor a las dos semanas de fijada la iniciación de la actividad, los jugadores de la misma deberán tener un descanso de dos semanas, por lo que la actividad deberá iniciarse una vez cumplido dicho plazo de descanso.”

   

       

5º) Modificaciones Reglamentarias.

    5a. Modificación del Art. 9 presentada por las siguientes instituciones: Progreso, Salto Nuevo, Ferro Carril y Ceibal.

“Anualmente, durante los primeros cincos días hábiles del mes de febrero, contados a partir del siguiente a la finalización del período de inscripciones de Clubes, y en horario que el Consejo Superior establecerá, abrirá el período de pases interclubes.

En el último de estos días no se tramitarán pases a jugadores menores de 18 años.

 

En cada temporada cada Consejo determinará si se establecen cupos, cantidad de solicitudes diarias y forma de procesar las mismas.

 

Vencido este periodo primario de 5 (cinco) días, los Clubes dispondrán de un período complementario que se realizará únicamente al día hábil siguiente, donde se podrá realizar hasta 2 (dos) pases por Club los que deberán contar con su correspondiente visto bueno, el costo de cada pase será equivalente a 2 (dos) UR.”

         

    5b. Modificación del Art. 20 presentada por el Club Nacional, acompañado de las firmas de las siguientes instituciones: Progreso, Ferro Carril, Ceibal y Salto Nuevo.

“El club que desee concederá el pase en carácter de préstamo hasta el 31 de diciembre del año en curso. Con fecha 1º de enero del año siguiente el jugador volverá de forma automática al club que lo había cedido sin necesidad de cumplir con ningún trámite administrativo. Cada Club no podrá recibir más de tres pases en préstamo por año para el fútbol masculino y tres pases en préstamo por año para el fútbol femenino. Cada jugador podrá utilizar pase en préstamo hasta en dos períodos de pases consecutivos.

 

El presente artículo se regirá de acuerdo a lo establecido en los artículos 9º.,10º.,11º.,12º. Y 13º. De los pases interclubes.

 

En caso de que un club reciba más de tres pases en préstamo, deberá optar dentro del plazo para presentación de visto bueno, cuales acepta. Los restantes quedarán sin efecto volviendo los jugadores a pertenecer a su Club de origen, sin necesidad de ningún trámite administrativo, devolviéndose el importe abonado.”

 

   

Se recuerda a los señores Delegados que deberán acreditar el poder respectivo, quienes no lo hagan tendrán voz pero no voto (Art. 14º de Los Estatutos de la Liga Salteña de Fútbol).

Los mismos deberán contar con las firmas del Presidente y Secretario y además el sello del Club, cuando se presente en hoja con el membrete de la Institución no será necesario el sello respectivo.

 

 

Dr. Roberto Fioritti

Secretario

 

Dr. Alan Kuchman

Presidente

 

 

Foto extraída de la web.


Comparte esta noticia
Acción no permitida! HostingServicios.com