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Una mujer mayor de edad domiciliada en calle Grito de Asencio al 1100 denuncia que, a la hora 11:00 salió hacia un almacén cercano a su domicilio, dejando la reja de su casa cerrada pero sin llave, al regresar divisa a un hombre  saliendo de la misma, llevándose un box multiuso de plástico, con varios accesorios en su interior.

Por lo que la denunciante le pide que se detenga al consultarle por los objetos que se llevaba, manifestó el sujeto que el propietario de la finca lo había dejado entrar a lo que la propietaria le menciona que es ella y un familiar que viven allí nadie mas. Optando esta por llamar al Servicio 911.

Al instante móvil Policial se da presente en el lugar a lo que el hombre  al notar la presencia de los funcionarios trata de darse a la fuga siendo detenido por estos. Se hizo presente Personal de Policía Científica quien realizó relevamiento fotográfico.

Enterada Fiscalía Letrada de Primer Turno quien dispuso: Actas a Funcionarios actuantes, acta a denunciante, relevamiento de Policía Científica, se suba todas las novedades al SGSP y se la vuelva a enterar, lo que se dio cumplimento. Investiga Unidad de Investigación.

Culminadas las actuaciones en Sede Judicial, el Magistrado de Turno, dispuso: «Decrétese la suspensión condicional del presente proceso por el término de 90 días respecto de A.B.L. por el presunto delito de hurto especialmente agravado en grado de tentativa; quien se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: a) fijar domicilio y residir en él que cumple en este estado, debiendo comunicar cualquier cambio sobre el mismo. b) presentarse ante la Seccional policial de su domicilio una vez por semana con la obligación de permanecer por espacio de dos horas durante el término de 90 días. c) se compromete a comunicar cualquier inconveniente en el cumplimiento de las obligaciones anteriores bajo apercibimiento de revocársele el beneficio. Dispónese el cese de detención de imputado».

Por su parte, la Fiscal de Turno dispuso «entrega de los efectos incautados a la denunciante bajo recibo y se lo eleve al SGSP». Lo que se dio y dará cumplimiento.


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