El día 25 del corriente, próximo a la hora 02:30 en circunstancias que el móvil de Seccional Segunda circulaba por Avenida Enrique Amorin con dirección al este, al llegar a calle Wimpi divisan a un hombre en estado de ebriedad, ocasionando desordenes en la vía pública, quien al percatarse de la presencia Policial se acerca con piedras en las manos comenzando a agredir.
En ese momento se presenta su hermano mediante forcejeo y golpes de puños, intentando extraer el arma a un funcionario dañando la canana, procediéndose a la detención de ambos. Se realiza prueba de alcoholemia arrojando en ambos resultados positivos.
Puesto en conocimiento Fiscal de Turno dispuso: “Debido al estado de los mismos permanezcan en calidad de detenido y una vez recuperados se les de libertad y sean emplazados para el día 26 del corriente en horas de la mañana.
Culminadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescente de Cuarto Turno de Salto, dispuso: “ Condenar a P. M. E.D. como autor penalmente responsable de un delito de desacato agravado a la pena de tres meses de prisión a sustituirse el primer mes, por prisión domiciliaria nocturna entre las 20:30 horas y las 06:00 horas del día siguiente y los restantes dos meses por la obligación de fijar domicilio y quedar sujeto a la vigilancia de la OSLA.; y a L.F.E.D. como autor penalmente responsable de un delito de desacato agravado y dos delitos de daño especialmente agravados, a la pena de tres meses de prisión a sustituirse por tres meses de prisión domiciliaria nocturna entre las 20:30 y las 06.00 horas del día siguiente.”