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El día 10/10/18 personal Policial toma conocimiento de un hecho originado en el interior del Departamento, donde un hombre habría sometido a mantener relaciones íntimas a una mujer declarada incapaz. Se recepciona denuncia en Dependencia Policial, realizándose las primeras indagatorias, a un hombre mayor de edad vecino de la víctima quien en primera instancia negó el hecho.

Puesto en conocimiento Fiscalía de Turno dispuso: «Derivar el evento al Departamento de Delitos Complejos y Trata de Personas y volver a enterar».

Medidas Judiciales Primarias: con fecha 23 de los corrientes, el Juzgado Penal de Cuarto Turno, dispuso: “extensión de la medida impuesta al imputado consistente en el pernocte en la Seccional Policial en el horario comprendido entre las 21:00 hasta las 06:00 de la mañana entre los días 24 al 29 de mayo, así mismo al finalizar la medida el día 30 de mayo a las 06:00 el encausado deberá quedar detenido y ser conducido a esta Sede a la hora 16:00”.

En el día de ayer hora 18:00 una vez culminadas las actuaciones en el Juzgado Penal de Cuarto Turno dispuso: condenar al masculino de iniciales R.E.S. de 65 años de edad, como autor penalmente responsable de un delito de violación a la pena de 2 (dos) años y 6 (seis) meses de penitenciaria que sera: 1 (un) año de prisión efectiva y los restantes 1 (un) año y 6 (seis) meses que se sustituyen por libertad vigilada, consistiendo sus obligaciones en: a). La residencia en el domicilio denunciado; b). La sujeción a la orientación y vigilancia permanente de la Oficina de Seguimiento de la Libertad Asistida; c). Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria y comercio bajo las modalidades que se determinan en el plan de intervención; d). Presentación en la Seccional Policial de su domicilio una vez por semana sin permanencia y e). Prohibición de acercamiento a la víctima y a su familia.


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