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Luego de efectuarse las actuaciones por parte del Departamento de Delitos Complejos y Trata de Personas, de ésta Jefatura, con las indagatorias correspondientes relacionadas con un hecho denunciado; en el día de ayer el Magistrado actuante dispuso por sentencia definitiva: se condenó a E.I.B.S. con prisión, como autor penalmente responsable por la comisión de reiterados delitos de abuso sexual especialmente agravado, agravado por la continuidad en el tiempo en la conducta abusiva respecto a una misma persona, en concurso fuera de la reiteración con reiterados delitos de retribución a persona menor de edad, para que ejecute actos sexuales o eróticos de cualquier tipo. A sufrir la pena total de 5 años de penitenciaria los que se cumplirán, del siguiente modo: los dos (2) primeros años serán de cumplimiento efectivo y los tres (3) años restantes se sustituirán por el régimen de libertad vigilada debiendo cumplir las obligaciones previstas en artículo 9 de la ley 19446 consistentes en: A- fijar residencia en el domicilio denunciado. B- sujeción a la orientación y vigilancia de la OSLA; C- presentación una vez por semana en la seccional policial de su domicilio. Asimismo se dispone la prohibición de acercamiento, relacionamiento y comunicación por cualquier medio con la víctima y sus familiares en un radio de 500 metros.


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