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En Avda. Gob. De Viana entre calle Varela y Rivera una persona denunció que un sujeto conocido, dañó el parabrisas de un auto de la automotora, con una piedra y se dio a la fuga, siendo detenido por personal Policial en la Unidad de Violencia Doméstica. Fue consultado el Sr. Fiscal de Turno, se trabaja.

Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal y de Adolescentes de Octavo Turno dispuso: condenar a un hombre de iniciales L.G.R.L., como autor responsable de un delito de daño especialmente agravado, a la pena de 3 (tres) meses de prisión, que se sustituye por Libertad a Prueba (Ley Nº 19.889) consistiendo sus obligaciones en:


A). Residencia en su domicilio denunciado; B). Sujeción la orientación y vigilancia permanentes de la OSLA; C). Presentación en la seccional policial de su domicilio 1 (una) vez por semana sin permanencia; D). Prestación de servicios comunitarios: la obligación de cumplir las tareas que se le asignen, teniendo en cuenta su aptitud o idoneidad, en organismos públicos o en ONG, cuyos fines sean de evidente interés o utilidad social. Estas medidas serán de 2 (dos) veces por semana y no podrán sobrepasar las 2 horas diarias, por el término de 30 días; y E). Ejercicio de una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio bajo las modalidades que se determinen el plan de intervención.


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